Hace poco una persona me comentó que acudía a un trofólogo. Honestamente no tenía conocimiento del término. A lo sumo me recordó que “los SCAA (Short Chain Fatty Acids o Ácidos Grasos de Cadena Corta) tienen una función trófica sobre el enterocito (la célula que reviste el epitelio intestinal) (1) y en ese contexto “trófico” alude a que promueve el crecimiento y desarrollo de dicho linaje celular.
El objetivo de este contenido es clarificar la terminología relacionada con el ejercicio profesional de la nutrición humana y dietética.
1-A diferencia del término nutriólogo y nutriología, los términos trofólogo (1) y trofología (2) sí aparecen en el diccionario de la RAE. Obsérvese que la definición no dice “persona autorizada legalmente autorizada para el ejercicio de la Nutrición Humana y Dietética”.
Una búsqueda en Google devuelve varias páginas sobre formación en trofología, impartidas por el Colegio Mexicano de Trofología y el Instituto Nacional de Trofología, con domicilio social tambíén en México, que ofrece una formación online.
Si navegas un poco por dichas webs puedes leer términos como “alimentación consciente”, “diplomado integral”, “retiros espirituales”… que no forman parte del lenguaje y la ortodoxia científica. Casi con seguridad me atrevo a afirmar que esta formación no te habilita para el ejercicio de la profesión de nutricionista en Hispanoamérica. Evidentemente en España la figura profesional para el ejercicio profesional de la nutrición no es tampoco trofólogo, sino dietista-nutricionista.
2-Utilizar palabras como nutriólogo, trofólogo… al menos en España inducen a confusión al ciudadano medio, devalúan la profesión de dietista-nutricionista y pueden considerarse prácticas cercanas a la pseudociencia. Autodenominarse nutriólogo o trofólogo, al menos en España, es un recurso que utilizan algunas personas, sin la diplomatura o el Grado en Nutrición Humana y Dietética, de manera oportunista para apropiarse y autoreconocerse como profesionales legalmente autorizados para el ejercicio de la nutrición.
3-Recuerda que la figura profesional que habilita para el ejercicio profesional de la alimentación, nutrición y dietética es la de dietista-nutricionista (y está regulada por la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias) (4). Remito al lector a otros contenidos sobre el tema y el logo que reconoce al dietista-nutricionista asociado/colegiado es el que figura más abajo.
Bibliografía
1. Mortensen PB, Clausen MR. Short-chain fatty acids in the human colon: relation to gastrointestinal health and disease. Scand J Gastroenterol Suppl. 1996;216:132-48.
2. Trofólogo [Internet]. Diccionario de la Lengua Española-Real Academia Española. 2017 [citado 18 de noviembre de 2017]. Recuperado a partir de: http://dle.rae.es/?id=akuxQNI
3. Trofología [Internet]. Diccionario de la Lengua Española-Real Academia Española. 2017 [citado 18 de noviembre de 2017]. Recuperado a partir de: http://dle.rae.es/?id=aksOvE0
4. LEY 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. BOE 22-11-2003, núm. 280, pág. 41446.