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Los centros sanitarios deben estar en posesión de una autorización antes de proceder a su apertura al público y prestar asistencia, que garantice una protección del usuario en términos de seguridad y calidad de la asistencia sanitaria.
Las normativas que regulan los trámites administrativos pertinentes a seguir por los centros sanitarios en el Principado de Asturias son:
La ley 14/1986, de 25 de Abril, General de Sanidad.
El Real Decreto 1277/2003, de 10 de Octubre.
El Real Decreto 53/2006, de 8 de Junio.
El Real Decreto 55/2014, de 28 de Mayo.
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La ley 14/1986, de 25 de Abril, General de Sanidad regula todas las acciones que garantizan el derecho a la protección de la salud y en su artículo 29.1 dice textualmente: “…que los centros y establecimientos sanitarios de cualquier nivel, categoría o titularidad precisarán autorización administrativa para su instalación y funcionamiento, así como para las modificaciones que efectúen en su estructura y régimen inicial…”
El Real Decreto 1277/2003, de 10 de Octubre, establece las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
El Real Decreto 53/2006, de 8 de junio:
1-Regula la autorización de instalación, funcionamiento, modificación y comunicación de cierre de centros y servicios sanitarios.
2-Establece el registro de centros y servicios sanitarios del Principado de Asturias.
El Real Decreto 53/2006 de 8 de Junio es la norma por la que se ha regido la autorización de los centros y servicios sanitarios, públicos o privados y de cualquier clase y naturaleza, en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
El Real Decreto 55/2014, de 28 de Mayo, regula la autorización de centros y servicios sanitarios y sus objetivos son análogos a los del Real decreto 53/2006, pudiéndose considerar una actualización de éste. Sus objetivos son:
1-Clarificar y simplificar las actuaciones, indicadas en Real decreto 53/2006, relativas a la instalación, funcionamiento, modificación y comunicación de cierre de centros y servicios sanitarios
2-Establece el registro de centros y servicios sanitarios del Principado de Asturias.
El Real Decreto 55/2014 establece un nuevo plazo de vigencia de las autorizaciones que pasa de ser de 5 a 8 años.
El Servicio de Inspección de Servicios y Centros Sanitarios de la Dirección General de Política Sanitaria de la Consejería de Sanidad es el organismo que vela por el cumplimiento de dicha normativa.