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Descripción de la normativa a seguir para la autorización de un centro sanitario

Los centros sanitarios deben estar en posesión de una  autorización antes de proceder a su apertura al público y prestar asistencia, que garantice una protección del usuario en términos de seguridad y calidad de la asistencia sanitaria.

Las normativas que regulan los trámites administrativos pertinentes a seguir por los centros sanitarios en el Principado de Asturias son:

            La ley 14/1986, de 25 de Abril, General de Sanidad.

            El Real Decreto 1277/2003, de 10 de Octubre.

            El Real Decreto 53/2006, de 8 de Junio.

            El Real Decreto 55/2014, de 28 de Mayo.

La ley 14/1986, de 25 de Abril, General de Sanidad regula todas las acciones que garantizan el derecho a la protección de la salud y en su artículo 29.1 dice textualmente: “…que los centros y establecimientos sanitarios de cualquier nivel, categoría o titularidad precisarán autorización administrativa para su instalación y funcio­namiento, así como para las modificaciones que efectúen en su estructura y régimen inicial…”

El Real Decreto 1277/2003, de 10 de Octubre, establece las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

El Real Decreto 53/2006, de 8 de junio:

1-Regula la autorización de instalación, funcionamiento, modificación y comunicación de cierre de centros y servicios sanitarios.

2-Establece el registro de centros y servicios sanitarios del Principado de Asturias.

El Real Decreto 53/2006 de 8 de Junio es la norma por la que se ha regido la autorización de los centros y servicios sanitarios, públicos o privados y de cualquier clase y naturaleza, en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

El Real Decreto 55/2014, de 28 de Mayo, regula la autorización de centros y servicios sanitarios y sus objetivos son análogos a los del Real decreto 53/2006, pudiéndose considerar una actualización de éste. Sus objetivos son:

1-Clarificar y simplificar las actuaciones, indicadas en Real decreto 53/2006, relativas a la instalación, funcionamiento, modificación y comunicación de cierre de centros y servicios sanitarios

2-Establece el registro de centros y servicios sanitarios del Principado de Asturias.

El Real Decreto 55/2014 establece un nuevo plazo de vigencia de las autorizaciones que pasa de ser de 5 a 8 años.

El Servicio de Inspección de Servicios y Centros Sanitarios de la Dirección General de Política Sanitaria de la Consejería de Sanidad es el organismo que vela por el cumplimiento de dicha normativa.

La consulta está autorizada por la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias para el ejercicio de la actividad sanitaria de Nutrición Humana y Dietética, siendo el número de registro C.2.2.U.11/1163.