A continuación se recogen una serie de reflexiones, a modo de conclusiones, que se han extraído de los siete contenidos dedicados exclusivamente a la profesión de dietista-nutricionista, que figuran en el epígrafe del blog que lleva por título “Figura profesional de dietista-nutricionista”. Si estás interesado en profundizar en alguno de los puntos, te remito a la lectura de dichos contenidos que hallarás al final de las reflexiones, donde pone “contenidos relacionados” pinchando sobre los encabezamientos de las fotos.
Reflexiones
1-Dietista-nutricionista es una figura profesional legalmente reconocida por el estado español, que aparece recogida en la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias, entre que las que también figuran fisioterapeuta, podólogo… (1).
2-Paradójicamente el diccionario de la RAE no recoge la figura profesional de dietista-nutricionista ni de terapeuta ocupacional. Urge que los académicos de la misma incluyan ésta, de igual modo que ya están recogidas las de médico, enfermero/a, fisioterapeuta, psicólogo/a…
Mi propuesta a los académicos delaRAE es:
Dietista-Nutricionista: Persona legalmente autorizada para el ejercicio de la nutrición humana y dietética.
3-Curiosamente sólo las definiciones de médico y veterinario de la RAE incluyen las palabras “legalmente autorizada”. En la definición de “óptico” figura “… con titulación oficial”. Urge incluir sendas palabras en el resto de profesiones sanitarias.
- Urge mejorar las definiciones “dietista”, “nutricionista”, “dietética” y “nutrición” de la RAE por su naturaleza general, abstracta y poco precisa.
5-En España La Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias define dietista-nutricionista como:
"Un dietista-nutricionista desarrolla actividades orientadas a la alimentación de la persona o de grupos de personas, adecuadas a las necesidades fisiológicas y, en su caso, patológicas de las mismas, y de acuerdo con los principios de prevención y salud pública".
6-En España El Documento de Consenso Perfil de las Competencias del Diplomado Universitario en Nutrición Humana y Dietética (estudios que tras el Acuerdo de Bolonia convergieron al actual Grado en Nutrición Humana y Dietética) define dietista-nutricionista como (2):
Un dietista-nutricionista es un profesional de la salud, con titulación universitaria, reconocido como un experto en alimentación, nutrición y dietética, con capacidad para intervenir en la alimentación de una persona o grupo, desde los siguientes ámbitos de actuación: la nutrición en la salud y en la enfermedad, el consejo dietético, la investigación y la docencia, la salud pública desde los organismos gubernamentales, las empresas del sector de la alimentación, la restauración colectiva y social
7-Sugiero mejorar la definición de la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias, utilizando como parámetros de referencia la ORDEN SCO/3122/2006 por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Endocrinología y Nutrición (3):
El médico con la especialidad de Endocrinología y Nutrición, que aborda el estudio y tratamiento de las enfermedades del sistema endocrino, metabólicas y todas aquellas derivadas del proceso nutricional. Incluye el conocimiento teórico y práctico de las correspondientes técnicas diagnósticas, medidas dietéticas y terapéuticas así como las normas de Medicina Preventiva relacionadas con estos campos. El especialista en Endocrinología y Nutrición es el competente para atender tanto de forma ambulatoria como hospitalaria, todas las patologías que corresponden a la especialidad a lo largo de todo el ciclo vital (4).
A modo de ilustración propongo en base a mi experiencia la siguiente definición de dietista-nutricionista clínico:
El dietista-nutricionista clínico es aquel profesional sanitario que implementa un tratamiento dietético-nutricional, en cualquier condición fisiopatológica en la que la práctica nutricional haya demostrado un beneficio en base a la nutrición basada en la evidencia, que resulta de cotejar la historia clínica, estimación de la composición corporal, gasto energético, bioquímica, genotipo…y se articula en el diseño y explicación de una dieta personalizada y/o coaching nutricional y/o educación nutricional y/o pauta de suplementos nutricionales.
8-El dietista-nutricionista puede desarrollar su trabajo en distintas áreas: clínica, investigación, restauración colectiva y social, salud pública y comunitaria, educación nutricional, Industria Alimentaria, visita médica, coaching nutricional... Mi propuesta sería realizar distintas definiciones de dietista-nutricionista según su ámbito de actuación:
Dietista-nutricionista investigador.
Dietista-nutricionista en la Industria Alimentaria.
Dietista-nutricionista en Salud Pública.
Dietista-nutricionista en restauración colectiva.
Dietista-nutricionista deportivo.
Dietista-nutricionista docente.
Dietista-nutricionista free-lance.
Dietista-nutricionista con dotes comerciales.
Dietista-nutricionista-gastrónomo.
9-El único título reconocido en España que habilita legalmente para el ejercicio profesional de dietista-nutricionista es el de Graduado en Nutrición Humana y Dietética, con una carga de 240 ECTS (60 ECTS/año x 4 años), que equivalen a unas 6000-7200 horas. Si a éstos se le añaden 60 ECTS de un master oficial se alcanza un valor de 300 ECTS equivalente a 7500-9000h. Si tenemos en cuenta que la excelencia profesional según los estudios de Ericsson KA et al (4), sería el resultado de una práctica deliberada con una elevada implicación cognitiva hasta acumular al menos 10000 horas, un dietista-nutricionista con un master oficial es lo más cercano al concepto de “experto en nutrición humana y dietética”.
10-Una persona con el Graduado en Nutrición Humana y Dietética y un master oficial en nutrición acumula las 7200-9000 horas (5 años de trabajo teórico-práctico) de trabajo especializado y dispone de las herramientas para alcanzar la excelencia en su profesión. A pesar de ello sigue siendo un mero aprendiz pues la nutrición humana y dietética es un área muy vasta.
En otros países los conceptos dietista y nutricionista corresponden a figuras profesionales diferentes y existen distintas terminologías: dietitian (EEUU), dietician (UK), nutricionista (Centro y Sudamérica)…
Bibliografía
1. LEY 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. BOE 22-11-2003, núm. 280, pág. 41446.
2. Varios autores. Documento de Consenso Perfil de las Competencias del Diplomado Universitario en Nutrición Humana y Dietética. Asociación Española de Dietistas-Nutricionistas. 2003.
3. ORDEN SCO/3122/2006, de 20 de septiembre, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Endocrinología y Nutrición. BOE 11-10-2006, núm. 243, pág. 35286.
4. Ericsson KA, Krampe RT, Tesch-Romer C. The Role of Deliberate Practice in the Acquisition of Expert Performance. Psychological Review. 1993. 100 (3): 363-406.