La carrera universitaria de Nutrición Humana y Dietética inicialmente se constituyó como un título propio, ofertado por unas pocas universidades pioneras: la Universidad del País Vasco, la Universidad de Navarra y el CESNID, a comienzos de los años 90.
En el año 1998 se reconoció como título oficial.
La diplomatura en Nutrición Humana y Dietética es una carrera universitaria oficial (reconocida por el Ministerio de Educación y Ciencia). Su duración como toda diplomatura es de 3 años, con una carga lectiva que oscilaba entre 189-218 créditos (1 crédito=10 horas lectivas), variable en función del plan de asignaturas establecido por cada Universidad.
En la actualidad se asiste a un proceso de transición de las diplomaturas y licenciaturas a estudios de Grado, que responde a las exigencias del Espacio Europeo de Educación Superior. De hecho varias facultades han iniciado recientemente la impartición, este año académico, del Grado en Nutrición Humana y Dietética que deberá hacerse extensible a la totalidad de facultades en el año 2010-11. Su duración como todo Grado es de 4 años, con una carga lectiva de 240 ECTS (1 ECTS=1 crédito de transferencia europea=25 h de trabajo personal del alumno), que es idéntica para todas las facultades. Algunas Universidades ofrecen a antiguos diplomados en Nutrición Humana y Dietética cursando una serie de asignaturas prefijadas por aquella optar a lograr el titulo de Grado, entre ellas la Universidad de Navarral documento “Libro Blanco de la adaptación al título de Grado en Ciencia y Tecnología” recoge la situación final en el marco del EEES de los estudios actuales de Diplomado en Nutrición Humana y Dietética y de segundo ciclo de Ciencia y Tecnologíaa de los Alimentos. (Junio 2005)
En el Real Decreto 433/1998 de 20 de Marzo, del Ministerio de Educación y Cultura, se establece el título universitario oficial de Diplomado en Nutrición Humana y Dietética y las directrices generales propias de los planes de estudio conducentes a la obtención de aquel (B.O.E. número 90 de 15 de Abril de 1998).
En el Real Decreto 1277/2003 de 10 de Octubre, se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, donde se contempla dentro de la oferta asistencial a nivel de los centros de salud, la unidad de Nutrición y Dietética (U.11.) que se define como unidad asistencial que, bajo la responsabilidad de un facultativo, se encarga de la adecuada nutrición de los pacientes ingresados y de los que precisan continuar el tratamiento tras el ingreso. (B.O.E. número 254 de 23 de Octubre de 2003)
La ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias contempla dentro de los Diplomados Sanitarios la del dietista-nutricionista, y cita textualmente (punto g, artículo 7, Título I): Los diplomados universitarios en Nutrición Humana y Dietética desarrollan actividades orientadas a la alimentación de la persona o de grupos de personas, adecuadas a las necesidades fisiológicas y, en su caso, patológicas de las mismas, y de acuerdo con los principios de prevención y salud pública. (B.O.E. número 280 de 22 de Noviembre de 2003).
En el Real Decreto 55/2005, de 21 de Enero, se establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se regulan los estudios oficiales de grado (BOE, nº21 de 25 de Enero de 2005).
En el Real Decreto 1393/2007 de 29 de Octubre, se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales de acuerdo a los nuevos planes de estudio en el contexto del EEES (títulos de grado y postgrado), a la que el Grado en Nutrición Humana y Dietética debe ajustarse. (B.O.E. número 260 de 30 de Octubre 2007).
En la resolución de 5 de Febrero de 2009 se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención del títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de dietista-nutricionista que deben responder a los requisitos fijados en el RD 1393/2007. (B.O.E. número 41 de 17 de Febrero de 2009).
En la orden CIN/730/2009 de 18 de Marzo, se estableceb los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Dietista-Nutricionista. (B.O.E. número 73 de 26 de Marzo de 2009).
El documento de consenso “Perfil de las Competencias Profesionales del titulado Universitario en Nutrición Humana y Dietética” firmado por representantes y directores de centros universitarios y la Asociación Española de Dietistas-Nutricionistas (AEDN) recoge los ámbitos de actuación de este colectivo. (Febrero de 2003)
En el Documento “European Academic and Practitioner Standars for Dietetics” de la EFAD (European Federation of the Assocaciations of Dietitians) se establecen los estándares para un adecuado ejercicio profesional.
Por tanto sus mas de 1200 horas de clase o bien de 4500 horas (de clases y trabajo personal del alumno) según el plan de asignaturas de la Diplomatura o en su defecto el Grado, respectivamente, exclusivamente relacionadas con la Alimentación, Nutrición y Dietética, capacitan al dietista-nutricionista como el profesional sanitario más cualificado en el ejercicio sanitario de la Alimentación, Nutrición y Dietética.